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]]>“Asimismo, se garantizará la oferta en comedores escolares de todos los niveles educativos de dietas sin gluten, y para el caso en que el alumno celíaco lleve su propia comida, los centros educativos deberán contar con la infraestructura necesaria para su adecuada conservación”, dispone la norma.
La normativa también establece que los establecimientos gastronómicos deberán ofrecer dos o más opciones de menú sin TACC.
UNA LEY QUE ES MÁS QUE VIANDAS SIN TACC
La norma también dispone la creación de un registro provincial sobre quienes padecen esta intolerancia e instruye “a los laboratorios farmacéuticos a advertir, en los envases de los medicamentos de uso frecuente para patologías generales, sobre aquellos que puedan tener efectos adversos en personas con celiaquía”.
La iniciativa del senador radical Agustín Maspoli fue sancionada el mes pasado y modificó la ley original de 1987 según la cual el Estado deberá posibilitar “el diagnóstico precoz, detección y tratamiento de la celiaquía” para lo cual deberá garantizar “el acceso a los estudios necesarios a tal fin, incluyendo el dosaje de inmunoglobulina A, el análisis de anticuerpos endomisiales, transgutaminasa, y la biopsia de intestino”.
QUÉ ES LA CELIAQUÍA
La enfermedad celíaca es una intolerancia permanente al gluten, un conjunto de proteínas que se encuentra en el trigo, avena, cebada y centeno (TACC), que afecta la mucosa del intestino delgado de las personas con predisposición genética y disminuye la capacidad de absorber nutrientes.
Esta enfermedad puede aparecer en cualquier momento de la vida, desde que se incorpora gluten a la alimentación hasta la adultez avanzada.
Uno de cada 100 argentinos es celíaco, según datos y estimaciones oficiales, sin embargo sólo uno de cada nueve celíacos recibieron un diagnóstico. Es decir que los otros ocho desconocen su condición y no están en tratamiento adecuado con la dieta libre de gluten. Por ello es fundamental la conmemoración de este día para difundir, informar y concientizar sobre la celiaquía.
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]]>La decisión fue tomada a través de la resolución 202/2022 del Ministerio de Transporte y dejó sin efecto la número 122 de 2018 que establecía que la vida útil de los modelos 1995 y 1996 terminaba en 2020, que la de los 1997 y 1998 culminaba en 2021 y que la de los 1999 y 2000 finalizaba en 2022.
La normativa publicada hoy en el Boletín Oficial bonaerense determina también “en forma excepcional y provisoria que a partir del 1° de enero de 2024 y hasta el 31 de diciembre de 2024, sólo continuarán con la prestación del Servicio Especializado de Transporte Escolar, los vehículos habilitados a tal fin, que cumplan con una vida útil de 25 años como máximo, a contar desde la fecha de su fabricación”.
LOS MICROS ESCOLARES PODRÁN PRESTAR SERVICIOS DE EXCURSIÓN
Asimismo, permite “en forma excepcional y provisoria, a partir del dictado de la presente Resolución y hasta el 31 de diciembre de 2024, a aquellos prestadores de Servicios Especializados de Transporte Escolar, propietarios de vehículos cuyos modelos no superen los 16 años de antigüedad desde su fabricación, la tramitación de la licencia habilitante para la prestación de servicios especializados, categoría Excursión, clase A”.
En tanto, dispone “hasta el 31 de diciembre de 2023, una antigüedad máxima de dieciocho (18) años para el ingreso del parque móvil en el servicio de transporte de escolares de las nuevas licencias y/o nuevas altas de parque móvil”.
En sus considerandos, la resolución advierte sobre la crisis que atraviesa el sector de los transportistas escolares y señala que se profundizó a partir de la pandemia de coronavirus.
“No puede perderse de vista que muchos transportistas se han visto obligados a desprenderse de sus unidades, como medio de supervivencia transitorio, dificultándoles, por tanto, alcanzar a través de la reposición de dichas unidades, el requisito de los 16 años de antigüedad máxima vigente para su ingreso en el parque móvil habilitado al efecto, previsto en el art. 8° de la Resolución N° 122/18”, indica.
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